The criminalization of “fake news” and Hate Crimes: its interpretation from the perspective of “criminal policy of the “click society”

Authors

DOI:

https://doi.org/10.62269/cavcaa.29

Keywords:

fake news, delitos de odio, sociedad digital, política criminal

Abstract

The present study carries out a delimitation of the concept of “fake news” or false news, from the sociological and comparative law perspective, to subsequently examine its border with “hate speech”, in the sense of assessing the need of penal intervention in this matter in our current globalized society, from the perspective of the penal reforms carried out as an example of a criminal policy that could be called “at the click of a button.”

Downloads

Download data is not yet available.

References

ALASTUEY DOBÓN (2016), “Discurso del odio y negacionismo en la reforma del código penal de 2015”, RECPC 18-14 (2016).

ALISES (2017), Guía de Delitos de Odio LGTBI, Consejería de Igualdad y Asuntos Sociales, Junta de Andalucía.

ALONSO RIMO, en MATALLÍN EVANGELIO, GÓRRIZ ROYO, GONZÁLEZ CUSSAC (Coordinadores) (2015), Comentarios a la reforma del Código Penal de 2015. Actualizada con la corrección de errores (BOE 11 de junio de 2015), Valencia, DOCUMENTO TOL5.009.875.

ARROYO ZAPATERO (1996), “La supresión del delito de propagación maliciosa de enfermedades y el debate sobre la posible incriminación de las conductas que comportan riesgo de transmisión del sida”, REVISTA DERECHO Y SALUD VOLUMEN 4. NÚMERO 1.

AGUSTINA SANLLEHI (2009), “La arquitectura digital de Internet como factor criminógeno: Estrategias de prevención frente a la delincuencia virtual.”, en International e-Journal of Criminal Science Artículo 4, Número 3.

ALVAREZ JIMÉNEZ, PÉREZ ROTHSTEIN, ANTÓN MELLÓN (2015), “Medios de comunicación y populismo punitivo en España: estado de la cuestión”, en Revista Crítica Penal y Poder. 2015, nº 9, septiembre, OSPDH. Universidad de Barcelona.

BERNAL DEL CASTILLO (2016), "La justificación y enaltecimiento del genocidio en la Reforma del Código Penal de 2015", Indret, 2/2016.

BALLARD SPAHR ANDREWS e INGERSOLL, LLP (2012). Evaluating the quality of information on the Internet: groups that alert the public to lnternet fraud, fanaticism and bad information.

BUSTOS MARTÍNEZ, DE SANTIAGO ORTEGA, MARTÍNEZ MIRÓ, RENGIFO HIDALGO (2019), “Discursos de odio: una epidemia que se propaga en la red. Estado de la cuestión sobre el racismo y la xenofobia en las redes sociales”, Mediaciones Sociales Vol. 18: 25-42. http://dx.doi.org/10.5209/MESO.64527.

CÁCERES ZAPATERO, DÍAZ SOLOAGA. GARCÍA, GARCÍA GUARDIA, LÓPEZ, NUÑEZ GÓMEZ (2010), “Construcción social de la realidad en los nativos digitales: una revisión teórica desde la perspertiva narrativa y el hipertexto”, prismasocial - Nº3 | junio 2010 | Revista de ciencias sociales.

CARNEVALI RODRÍGUEZ, Derecho penal como ultima ratio. Hacia una política criminal racional, en12 Revista Ius et Praxis - año 14 - n° 1.

CASTELLS (2023), "La dimensión cultural de Internet", en https://www.uoc.edu/culturaxxi/esp/articles/castells0502/castells0502.html, consultada en septiembre 2023.

CABO ISASI, GARCÍA JUANETEY (2017), El discurso de odio en las redes sociales: un estado de la cuestión, Ayuntamiento de Barcelona, Área de Derechos de Ciudadanía, Cultura, Participación y Transparencia Dirección de Servicios de Derechos de Ciudadanía y Diversidad, Barcelona, diciembre.

CARBONELL MATEU, “Las libertades de información y expresión como objeto de tutela y como límites a la actuación del Derecho Penal». Estudios Penales y Criminológicos, vol. XVIII (1995). Cursos e Congresos nº 87, Servizo de Publicacións da Universidade de Santiago de Compostela, pp. 8-44.

CARMONA SALGADO (2012), “Calumnias, injurias y otros atentados al honor. Perspectiva doctrinal y jurisprudencial, Valencia, 2012.

CONTRERAS MAZARÍO (2017), “Libertad religiosa vs.libertad de expresión: análisis jurisprudencial”, en Laicidad y Libertades: Escritos jurídicos, num. 17, diciembre.

CORTÉS BECHIARELLI (2019), Delitos contra la salud pública, en GÓMEZ RIVERO, Nociones fundamentales de Derecho penal, Parte especial, Madrid.

DE LA MATA BARRANCO, ALMACEN DE DERECHO (2020), en su edición de 19 de abril. IBERLEY, en su edición de 27 de febrero de 2020. EL DERECHO, Las Fake News o falsas noticias; cómo detectarlas y evitarlas, en su edición de 31 de marzo de 2020.

DE LAS HERAS, “Las fake news ante el Derecho penal español”, Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 12 bis, mayo 2020, pp. 70-77.

DE PABLO SERRANO, Honor, injurias y calumnias. Los delitos contra el honor en el Derecho histórico y en el Derecho vigente español, DOCUMENTO TOL6.494.752, consultado en fecha julio 2020.

DE PABLO SERRANO, TAPIA BALLESTEROS, “Discurso del odio: problemas en la delimitación del bien jurídico y en la nueva configuración del tipo penal”, Diario La Ley, Nº 8911, Sección Doctrina, 30 de Enero de 2017, pp. 1-19.

DÍEZ RIPOLLÉS, «El Derecho penal simbólico y los efectos de la pena», en Boletín Mexicano de Derecho comparado, núm. 130, 2011, en:http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/103/art/art3.htm.

FERNÁNDEZ BAUTISTA, “La tutela de las libertades de expresión e información versus honor ¿jurisprudencias convergentes? Consecuencias en el ámbito Jurídico-Penal”. BIB 20139702, en El Tribunal de Estrasburgo en el Espacio Judicial Europeo. BIB 20131340, Julio de 2013.

FUENTES OSORIO, Elementos subjetivos en los delitos contra el honor”, Estudios Penales y Criminológicos, vol. XXIX (2009), pp. 271-310.

FERRANDIS CIPRIAN, en GONZALEZ CUSSAC, (Director), GORRIZ ROYO, MATALLÍN EVANGELIO (coordinadoras) (2015), Comentarios a la reforma del Código penal de 2015,Valencia.

GALÁN MUÑOZ, “El delito de enaltecimiento terrorista. ¿Instrumento de lucha contra el peligroso discurso del odio terrorista o mecanismo represor de repudiables mensajes de raperos, twietteros y titiriteros?, en GALAN MUÑOZ, MENDOZA CALDERÓN (2019), Globalización y lucha contra las nuevas formas de criminalidad transnacional, Valencia.

GALAN MUÑOZ, NÚÑEZ CASTAÑO (2019), Manual de Derecho penal económico y de la empresa, Valencia.

GALDÁMEZ MORALES (2019), "Posverdad y crisis de legitimidad. El creciente impacto de las fake news", en Revista Española de Transparencia, num.8, pp. 25-44.

GARCIA ALBERO, en QUINTERO OLIVARES (Director), Comentarios al Código penal (2015), Cizur Menor, pp. 980 ss.

GARCÍA ARÁN (2018), Libertad de información y procesos penales en curso, Teoría y derecho: revista de pensamiento jurídico, Nº. 24, (Ejemplar dedicado a: Garantías constitucionales, prensa y Derecho penal), págs. 14-33.

GOMEZ RIVERO (2019), Revueltas, multitudes y Derecho penal, Valencia.

GONZALEZ CUSSAC (2015), “Señas de identidad de la reforma penal de 2015: política criminal e ideología" en TEORDER 2015, Nº 17.

GONZÁLEZ CUSSAC (2023), “¡Cómo hemos cambiado!, Mutaciones del Derecho penal”, Cuadernos electrónicos de filosofía del derecho, num. 49 (Ejemplar dedicado a: Número especial en homenaje al Profesor Javier de Lucas).

HASSEMER (2008), “La seguridad por intermedio del Derecho penal”, en MUÑOZ CONDE (Director), Problemas actuales del Derecho penal y la Criminología. Estudios penales en memoria de la Profesora Dra. Maria del Mar Díaz Pita, Valencia, pág. 28.

LANDA GOROSTIZA, Delitos de odio y estándares internacionales: una visión crítica a contra corriente, RECPC 22-19 (2020).

MAQUEDA ABREU, en GÓRRIZ ROYO, GONZÁLEZ CUSSAC, MATALLÍN EVANGELIO (Coordinares) (2015), Comentarios a la reforma del Código Penal de 2015. Actualizada con la corrección de errores (BOE 11 de junio de 2015), Valencia, DOCUMENTO TOL5.009.87.

MANZANARES SAMANIEGO (2016), Comentarios al Código penal, Madrid.

MENDOZA CALDERÓN (2011), La responsabilidad penal por medicamentos defectuosos, Valencia.

MENDOZA CALDERÓN (2019), "Discurso del odio e inmigración. La criminalización de la intolerancia en Derecho penal español", en GALÁN MUÑOZ, MENDOZA CALDERÓN, (Directores), Globalización y lucha contra las nuevas formas de criminalidad transnacional, Valencia.

MIRÓ LLINARES, "Derecho penal y 140 caracteres. Hacia una exégesis restrictiva de los delitos de expresión" (2017), en MIRÓ LLINARES (Dir,), Cometer delitos en 140 caracteres El Derecho penal ante el odio y la radicalización en Internet, Madrid.

MUÑOZ CONDE (2022), Derecho penal, Parte especial, Valencia.

NAVARRO CARDOSO (2022), "Aproximación político-criminal a la desinformación" en LEÓN ALAPONT (Director), El Derecho Penal frente a las crisis sanitarias, Valencia.

NÚÑEZ CASTAÑO (2008), “Las transformaciones sociales y el Derecho penal: del Estado liberal al Derecho penal de enemigos”, en MUÑOZ CONDE (Director), Problemas actuales del Derecho penal y la Criminología. Estudios penales en memoria de la Profesora Dra. Maria del Mar Díaz Pita, Valencia.

NÚÑEZ CASTAÑO (2009), "El Derecho penal ante las transformaciones sociales ¿un camino sin retorno?. ¿Hacia el Derecho penal del enemigo?", en Revista General de Derecho Penal, Nº. 11.

PAUNER CHULVI (2018), “Noticias falsas y libertad de expresión e información. el control de los contenidos informativos en la red”, UNED. Teoría y Realidad Constitucional, núm. 41, pp. 297-318.

PAREDES PORRO (2020), "Operativa penal. Covid-19", CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO, DIRECCIÓN GENERAL DE EMERGENCIAS, PROTECCIÓN CIVIL E INTERIOR JUNTA DE EXTREMADURA, 19 de abril de 2020.://www.laregion.es/articulo/a-limia/denunciada-injurias-acuso-vecina-haber-contagiado-suegra-coronavirus/20200325235013934973.html, consultado en fecha 25 de marzo de 2020.

PLATERO ALCÓN (2017), “La responsabilidad de las redes sociales: el caso de ASHLEY MADISON, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, nueva serie, año XLIX, núm. 150, septiembre-diciembre de 2017, pp. 1284 ss.

PÉREZ CEPEDA (2006), “El Código penal de la seguridad: una involución en la política criminal de signo reaccionario, en VV.AA La tensión entre la libertad y seguridad, Universidad de la Rioja, 2006.

POLO ROCA, (2020). «Sociedad De La Información, Sociedad Digital, Sociedad De Control». Inguruak. Revista Vasca De Sociología Y Ciencia Política, n.º 68 (junio), https://doi.org/10.18543/inguruak-68-2020-art05.

POZUELO PÉREZ (2013), La política criminal mediática. Génesis, desarrollo y costes, Barcelona.

PORTILLA CONTRERAS (2015), La represión penal del «discurso del odio», en QUINTERO OLIVARES, Gonzalo (director), Comentario a la Reforma Penal de 2015, Cizur Menor.

RAMIREZ ORTÍZ (2019), "Apologías débiles y libertad de expresión: hitos de la jurisprudencia más reciente y algunos parámetros interpretativo-aplicativos", Revista Aranzadi de Derecho y Proceso Penal num.53/2019, BIB 2019855, pp. 1-50.

RICHTER (2018), El Ciudadano Digital. Fake News y posverdad en la era digital, México, Editorial Océanoa, pp. 25 s.

ROMEO CASABONA (2001), “Los delitos contra la salud pública: ¿ofrecen una protección adecuada a los consumidores’”, en Revista de Derecho penal, número 4, septiembre.

SÁEZ VALCÁRCEL, (2016).: Amenazas a la libertad de expresión en el ámbito penal. La represión de los discursos peligrosos. Revista de derecho social n.º 74.

TERUEL LOZANO (2011), «Libertad de expresión en Internet, control de contenidos de las páginas web y sus garantías constitucionales», Revista Aranzadi de Derecho y Nuevas Tecnologías, 25, pp. 81-103.

TERUEL LOZANO (2015), La lucha del Derecho contra el Negacionismo: una peligrosa frontera, Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

TERUEL LOZANO (2014), “Libertad de expresión y censura en Internet”, Estudios de Deusto, 62, Núm. 2.

WEIDENSLAUFER (2019), “La regulación de las "fake news" en el Derecho comparado, Asesoría Legal Parlamentaria, Congreso Nacional de Chile, Enero, pp. 1-14.

Published

2024-07-31

How to Cite

Mendoza Calderón, S. (2024). The criminalization of “fake news” and Hate Crimes: its interpretation from the perspective of “criminal policy of the “click society”. Cuadernos Del Audiovisual | CAA, (12), 102–135. https://doi.org/10.62269/cavcaa.29